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Abogado de incapacidades permanentes en Tenerife

La incapacidad permanente es la situación del trabajador que, tras el tratamiento médico, conserva secuelas que reducen o anulan su capacidad de trabajar, y se reconoce en cuatro grados —parcial, total, absoluta y gran invalidez—, cada uno con una prestación distinta. En Álamo & Asociados llevamos más de 15 años peleando incapacidades ante el INSS y los juzgados de lo social de Santa Cruz de Tenerife. Este es uno de nuestros terrenos más fuertes: conocemos los criterios del EVI, los informes que pesan en juicio y los peritos médicos que marcan la diferencia. Si te han denegado o te han dado un grado insuficiente, hay muchas probabilidades de revertirlo.

Contenido revisado por Javier Álamo González, abogado laboralista — col. ICATF 5950, Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife. Última revisión: junio de 2026.

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Los cuatro grados de incapacidad permanente y qué cobra cada uno

Existen cuatro grados según cómo afecten las secuelas a tu capacidad de trabajar, y cada uno da derecho a una prestación distinta (arts. 196 y 197 de la Ley General de la Seguridad Social):

  • Parcial (IPP): reduce al menos un 33% el rendimiento en tu profesión habitual. Indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora; compatible con seguir trabajando.
  • Total (IPT): te impide tu profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra. Pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, que sube al 75% a partir de los 55 años (la llamada IPT cualificada).
  • Absoluta (IPA): te impide cualquier trabajo. Pensión vitalicia del 100% de la base reguladora y exenta de IRPF.
  • Gran invalidez: IPA más la necesidad de ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida. Pensión del 100% más un complemento económico destinado a remunerar a quien te atiende.

Qué problemas resolvemos

Recurrimos todo tipo de resoluciones desfavorables del INSS:

  • Denegación total de incapacidad permanente
  • Reconocimiento de grado inferior al solicitado (IPT en vez de IPA, IPA en vez de gran invalidez)
  • Base reguladora mal calculada
  • Contingencia determinada como común cuando debería ser profesional
  • Negativa de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad
  • Alta médica prematura del INSS tras los 545 días
  • Revisión a la baja del grado ya reconocido
  • Denegación por falta de cotización o carencias mal computadas

Por qué nuestros recursos tienen alta tasa de éxito

Tres factores explican por qué conseguimos mejorar resoluciones que el INSS rechaza:

1. **Peritaje médico independiente**: trabajamos con médicos forenses y especialistas con experiencia ante los juzgados de lo social. Sus informes exploran todas las secuelas, no sólo las que el EVI consideró.

2. **Conocimiento de criterios locales**: conocemos qué argumentos aceptan los magistrados de Santa Cruz y cómo presentar el expediente para que la realidad del caso se entienda.

3. **Preparación judicial**: los juicios de incapacidad se ganan o se pierden en la exposición y en la interrogación del perito. Años de práctica nos permiten enfocar el caso donde más pesa.

Honorarios: sólo cobramos si ganamos

En recursos de incapacidad trabajamos con honorarios de contingencia. No pagas nada al iniciar el recurso, la papeleta o la demanda. Nuestros honorarios son un porcentaje sobre la primera anualidad de pensión cuando conseguimos el grado o el reconocimiento. Si perdemos, no cobramos. Presupuesto siempre por escrito antes de firmar — sin letra pequeña, sin sorpresas.

Proceso completo: de la consulta al cobro

Así trabajamos cada expediente:

  • 1. Consulta inicial: análisis del expediente y resolución del INSS
  • 2. Revisión médica: pedimos informes adicionales si el historial es insuficiente
  • 3. Diagnóstico escrito: te entregamos por escrito probabilidad de éxito, plazos y honorarios
  • 4. Reclamación previa al INSS en 30 días
  • 5. Si desestiman, demanda ante Juzgado de lo Social de Santa Cruz
  • 6. Pericial médica independiente
  • 7. Juicio y sentencia
  • 8. Recurso al TSJ de Canarias si alguna parte recurre
  • 9. Ejecución y seguimiento del cobro de retrasos

Te ayudamos en cada situación de incapacidad

Sea cual sea tu grado o tu trámite, tienes una página dedicada que lo explica en detalle:

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre pillar.

¿Cuánto se cobra por cada grado de incapacidad permanente?

La parcial (IPP) es una indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora. La total (IPT) es una pensión del 55% de la base reguladora (75% desde los 55 años). La absoluta (IPA) es el 100% de la base reguladora, exenta de IRPF. La gran invalidez añade a la absoluta un complemento para la persona que atiende al trabajador. La cuantía exacta depende de tu base reguladora y de tu cotización.

¿Cuánto tarda un proceso de incapacidad en Tenerife?

La vía administrativa (reclamación previa) se resuelve en 2-3 meses. La vía judicial en el Juzgado de lo Social de Santa Cruz, de media 6-12 meses hasta sentencia. Si alguna parte recurre al TSJ de Canarias, añadir 12-18 meses más. Durante este tiempo puedes seguir cobrando IT o paro según tu situación.

Tengo una IPT desde hace años y creo que me corresponde IPA. ¿Puedo solicitarlo?

Sí, mediante revisión por agravación o cambio de grado. Si tus secuelas han empeorado o había secuelas ya presentes que no se valoraron correctamente, se solicita revisión al INSS. Si deniegan, demanda judicial. Conviene aportar informes que acrediten la evolución o aspectos no considerados inicialmente.

¿Me valen los informes del médico de cabecera?

Suman pero no bastan por sí solos para ganar en juicio. El peso fuerte lo dan informes de especialistas (traumatólogos, psiquiatras, cardiólogos...) y especialmente una pericial médica independiente del perito judicial. Esta última es la que evalúa globalmente la incapacidad laboral y es decisiva en el fallo.

¿Por qué el INSS deniega tanto en primera instancia?

Motivos estadísticos: el INSS tiene instrucciones de restricción presupuestaria, el EVI valora secuelas de forma conservadora, y muchos expedientes se inician sin informes médicos suficientes. Los jueces, al evaluar con pericial independiente y toda la prueba, suelen ser más equitativos. Por eso la vía judicial es tan importante.

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