Movilidad geográfica en Tenerife: traslados y tus derechos
Si tu empresa te obliga a trasladarte a otro centro de trabajo que implica cambio de residencia, tienes opciones legales: impugnar el traslado o irte con indemnización y paro.
Traslado vs desplazamiento temporal: diferencias clave
| Concepto | Traslado (art. 40.1 ET) | Desplazamiento (art. 40.4 ET) |
|---|---|---|
| Duración | Definitivo o superior a 12 meses en 3 años | Temporal (máximo 12 meses en 3 años) |
| Cambio residencia | Sí, implica cambio de domicilio habitual | No necesariamente (depende de distancia) |
| Preaviso | Mínimo 30 días | Con antelación «suficiente» (mínimo 5 días laborables si es +3 meses) |
| Extinción indemnizada | Sí: 20 días/año + paro si no aceptas | No directamente |
| Gastos | La empresa paga los gastos de traslado | La empresa paga viaje y dietas |
| Impugnación | 20 días hábiles | 20 días hábiles |
Particularidad de Tenerife: en una isla, un traslado del norte al sur o viceversa puede implicar desplazamientos de más de 1 hora, lo que afecta significativamente a la conciliación. Además, un traslado a otra isla (Gran Canaria, por ejemplo) implica cambio de residencia obligatorio.
Tus derechos ante un traslado
Si la empresa te comunica un traslado definitivo, tienes tres opciones:
- Aceptar el traslado y percibir una compensación por los gastos propios y de tu familia derivados del cambio de domicilio.
- Impugnar el traslado ante el Juzgado de lo Social en 20 días hábiles, solicitando que se declare injustificado y se te repongan las condiciones anteriores.
- Extinguir tu contrato con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado (máximo 12 mensualidades) + derecho completo a prestación por desempleo.
Prioridad de permanencia: no pueden trasladar antes que a otros a trabajadores con reducción de jornada por cuidado de hijos/familiares, representantes sindicales, personas con discapacidad o trabajadores con mayor antigüedad (según criterios del convenio).
¿Te han comunicado un traslado?
Tienes 30 días de preaviso y 20 días para impugnar. Actúa a tiempo.
Desplazamientos temporales: qué puedes exigir
- Gastos de viaje pagados íntegramente por la empresa.
- Dietas: compensación por alojamiento y manutención.
- 4 días de permiso en tu domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento, con gastos de viaje pagados.
- Si el desplazamiento supera los 12 meses en 3 años, se convierte legalmente en traslado y aplican las normas de traslado.
El traslado encubierto: cuando te cambian sin formalizarlo
Algunas empresas en Tenerife cambian a trabajadores de centro de trabajo «de facto» sin seguir el procedimiento legal del art. 40 ET: te dicen verbalmente que vayas a otro sitio, sin notificación escrita, sin preaviso y sin justificación de causas. Esto es un traslado irregular que puedes impugnar.
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