Despidos

¿Qué hacer ante un despido improcedente en Tenerife?

Si te han despedido sin causa justificada, el reloj ya está corriendo: sólo tienes 20 días hábiles para impugnar. Aquí te explicamos, paso a paso, qué hacer en las primeras 48 horas y cómo maximizar tu indemnización.

¿Qué hacer ante un despido improcedente en Tenerife?

El despido improcedente es una de las situaciones más estresantes que puede vivir un trabajador. A la incertidumbre económica se suma la presión de tomar decisiones rápidas con información incompleta: ¿firmo el finiquito? ¿Cuánto me corresponde? ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? En esta guía repasamos qué hacer desde el primer minuto para no perder derechos, con aplicación concreta a Tenerife: juzgados, SEMAC (Servicio Canario de Empleo, Mediación, Arbitraje y Conciliación) y calendario local.

¿Qué es exactamente un despido improcedente?

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o incumple los requisitos formales del art. 55 del Estatuto de los Trabajadores (ET): falta de preaviso, carta imprecisa, entrega tardía, omisión de hechos concretos. No es lo mismo que el despido nulo, que corresponde a supuestos de vulneración de derechos fundamentales (art. 55.5 ET y Ley 15/2022): discriminación, embarazo, baja médica, represalia sindical.

La diferencia económica es relevante: el improcedente da 33 días de salario por año trabajado (art. 56.1 ET), el nulo obliga a readmisión y salarios íntegros desde el día del despido. Por eso siempre analizamos primero si el caso encaja en nulidad antes de plantear improcedencia.

Las primeras 48 horas son decisivas

Lo que hagas desde que te entregan la carta hasta que acudes al abogado puede determinar el resultado final del procedimiento en el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife. Esta checklist te protege:

  • Firma la carta escribiendo "NO CONFORME" junto a tu firma — nunca "recibí"
  • Exige copia sellada y firmada por el representante de la empresa
  • Fotografía tu mesa, taquilla y las herramientas que entregas
  • Haz listado de testigos: compañeros que puedan declarar en conciliación o juicio
  • Reúne las últimas 12 nóminas, contrato, anexos y modificaciones contractuales
  • Guarda emails y WhatsApps, sobre todo los previos al despido
  • No firmes finiquito con cláusula de "saldo y finiquito" sin revisión previa

El plazo de 20 días hábiles — la espada de Damocles

Tienes 20 días hábiles (sábados, domingos y festivos no cuentan) desde la fecha efectiva del despido para presentar la papeleta de conciliación ante el SEMAC. Pasado ese plazo el despido queda consentido: se pierde la indemnización, los salarios de tramitación y el derecho a readmisión.

Ojo con los festivos locales de Tenerife: el 2 de febrero (Virgen de Candelaria), el 3 de mayo (Santa Cruz de Tenerife), el 14 de septiembre (Santísimo Cristo de La Laguna) y otros municipales cuentan y suspenden el cómputo. Calcular mal el plazo por aproximación es la forma más común de perder un caso ganable.

¿Qué indemnización puedo cobrar?

La indemnización por despido improcedente en contratos posteriores al 12 de febrero de 2012 es de 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades. Contratos anteriores: régimen transitorio del 45 días/año hasta esa fecha y 33 días/año desde entonces.

Cálculo tipo (contrato posterior a 2012): salario bruto diario × 33 × años de antigüedad = indemnización base. Si se declara nulidad o hay readmisión se añaden salarios de tramitación íntegros desde el despido. Intereses de demora al 3,25% anual hasta el pago.

Ejemplo real: 10 años de antigüedad con 2.000€ brutos/mes = 22.000€ base + hasta 24.000€ de salarios de tramitación si hay nulidad. Total potencial: 46.000€.

De la papeleta a la sentencia: plazos reales en Tenerife

El procedimiento tiene dos fases. Primero, papeleta de conciliación ante el SEMAC (obligatoria por art. 63 LRJS), donde se intenta acuerdo extrajudicial. Muchos casos se cierran aquí porque la empresa prefiere pagar a arriesgar una condena con intereses y costas. Si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife y juicio (de media 6-12 meses después). Si alguna parte recurre al TSJ de Canarias, añadir 12-18 meses.

Durante el proceso el trabajador cobra la prestación por desempleo desde el primer día hábil tras el despido (Real Decreto-ley 2/2015). La indemnización no reduce ni retrasa el paro.

Honorarios: sólo cobramos si usted cobra

En despidos improcedentes trabajamos con sistema de contingencia: nuestros honorarios son un porcentaje sobre la cantidad que efectivamente cobres. Si no ganamos, no cobramos. En la consulta inicial analizamos tu caso, calculamos tu indemnización estimada y te entregamos presupuesto escrito antes de firmar — así sabes exactamente con qué cifra estás trabajando.

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