Desde el despido hasta la readmisión · Base reguladora íntegra

Salarios de tramitación en Tenerife: cuándo y cuánto se cobra

Los salarios de tramitación son los que se devengan desde la fecha del despido hasta la readmisión efectiva o la sentencia firme. En despidos nulos son automáticos. En improcedentes de representante legal los elige el trabajador. Pueden suponer decenas de miles de euros si el procedimiento se alarga.

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Cuándo se devengan salarios de tramitación

El art. 56 ET regula los supuestos. Los salarios de tramitación se cobran cuando:

  • Despido declarado NULO (siempre, con readmisión obligatoria y salarios desde el despido)
  • Despido declarado IMPROCEDENTE de representante legal de los trabajadores o delegado sindical (a elección del trabajador entre readmisión+tramitación o indemnización)
  • Despido improcedente ordinario cuando la empresa opta por readmisión en lugar de indemnizar
  • Despido colectivo declarado NULO por el Tribunal
  • Extinción por voluntad del trabajador del art. 50 ET cuando se estima

Cómo se calculan

Los salarios de tramitación se calculan como si hubieras seguido trabajando: salario base + complementos habituales + pagas extras + comisiones prorrateadas + cualquier mejora pactada. La base es el salario REAL del último mes anterior al despido. Se cuentan los días naturales entre el despido y la readmisión.

Ejemplo: despido el 1 de enero, sentencia firme el 1 de diciembre del mismo año con readmisión en 15 días → salarios de tramitación = 11,5 meses × salario mensual. Si el salario era 2.000€ brutos/mes, serían 23.000€ adicionales a la indemnización por despido (si aplica en nulo no hay indemnización, sólo tramitación).

Compatibilidad con prestación por desempleo

Los salarios de tramitación y el paro son compatibles, pero con una particularidad: los meses ya cobrados del SEPE se descuentan o se regularizan posteriormente. Mecanismo:

  • Si has cobrado paro durante el proceso, el SEPE pide devolución al cobrar los salarios de tramitación
  • La empresa paga los salarios íntegros y hace las correspondientes cotizaciones con efectos retroactivos
  • El tiempo "tramitado" cuenta como cotizado a todos los efectos (jubilación, futuras prestaciones)
  • El SEPE te devuelve esos días al "paro" (no los consumes)

Casos especiales: despido colectivo nulo

Cuando un ERE se declara nulo por la Audiencia Nacional o el TSJ de Canarias, TODOS los trabajadores afectados tienen derecho a salarios de tramitación hasta la readmisión. Son los casos con cuantías económicas más altas — fácilmente 6 cifras por trabajador si el procedimiento se alarga 2-3 años entre primera instancia, TSJ y casación.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre desde el despido hasta la readmisión.

¿Hasta cuándo corren los salarios de tramitación?

Hasta la fecha en que la empresa te notifique formalmente la readmisión efectiva (en caso de nulidad). Si la empresa se niega a readmitir, siguen corriendo con recargos + posible extinción indemnizada del art. 50. Si elige la empresa indemnizar (en improcedentes ordinarios), paran en la fecha de la sentencia.

Me readmitieron pero no en mismas condiciones. ¿Qué hago?

La readmisión debe ser "en las mismas condiciones anteriores al despido" (art. 281 LRJS). Si hay empeoramiento (salario, horario, funciones, categoría), puedes reclamar ejecución forzosa de la sentencia y/o solicitar extinción indemnizada por incumplimiento empresarial con efectos de despido nulo.

¿El SEPE me obliga a devolver el paro si cobro salarios de tramitación?

Sí, de forma proporcional al periodo regularizado. La empresa te paga íntegro, y el SEPE regulariza devolviéndote los días al paro futuro o exigiendo devolución del cobro indebido. Es una operación contable que se coordina entre INSS/SEPE/empresa.

¿Cuánto tarda el cobro final?

Tras sentencia firme de nulidad, la empresa tiene 10 días para readmitir y abonar. Si no, ejecución forzosa con recargos del 20% art. 239 LRJS por demora. En casos complejos (insolvencia, traslados) pueden pasar 3-6 meses más. El FOGASA cubre topes si hay insolvencia.

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