Quién tiene derecho y en qué cuantía
Tienen derecho a reducir jornada los trabajadores con:
- Hijos menores de 12 años (biológicos, adoptados o en acogida)
- Familiares hasta segundo grado que no puedan valerse por sí mismos
- Hijos con discapacidad o enfermedades graves (incluso con 18+ años si requieren cuidados continuados)
- Víctimas de violencia de género o terrorismo
- Cuantía: entre 1/8 y 1/2 de la jornada (12,5% - 50%). Proporcional a la reducción salarial
- Se puede solicitar con preaviso de 15 días (la empresa NO puede negarla por motivos organizativos generales)