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⚖ ERE y ERTE en Tenerife · Abogado Especialista

Abogado ERE y ERTE en Tenerife

Si tu empresa ha iniciado un ERE o ERTE, necesitas asesoramiento inmediato. No todos los expedientes son legales ni las condiciones son inamovibles. Verificamos tus derechos y reclamamos si no se cumplen.

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¿Cuál es la diferencia entre ERE y ERTE?

Aunque suenan parecido, un ERE y un ERTE son procedimientos muy diferentes con consecuencias radicalmente distintas para el trabajador. Entender la diferencia es fundamental para saber qué derechos tienes y cómo actuar:

ConceptoERE (Regulación de Empleo)ERTE (Regulación Temporal)
NaturalezaDespido colectivo definitivoSuspensión temporal o reducción de jornada
EfectoSe extingue tu contrato — fin de la relación laboralTu contrato se «congela» — vuelves cuando termina
IndemnizaciónMínimo 20 días/año (negociable al alza en consultas)No hay indemnización directa
DesempleoPrestación completa (consumes meses)Prestación parcial (no consumes en fuerza mayor)
CotizaciónSe interrumpe (dejas de cotizar)La empresa sigue cotizando por ti
Impugnación20 días hábiles desde la notificación20 días hábiles
Causas exigidasEconómicas, técnicas, organizativas o de producciónLas mismas, pero con carácter temporal
Número de afectadosMínimo 10 trabajadores (empresas <100)Sin mínimo

Clave: que la empresa te diga «es un ERTE» no significa que lo sea legalmente. Hemos visto casos en Tenerife donde empresas disfrazaban un ERE (despido definitivo) como ERTE para pagar menos indemnización. Si tienes dudas, consulta inmediatamente.

Tus derechos en un ERE (despido colectivo)

Un ERE no es un cheque en blanco para la empresa. El procedimiento es estricto y tiene múltiples requisitos que, si no se cumplen, invalidan todo el expediente:

Requisitos que debe cumplir la empresa

  • Periodo de consultas obligatorio con los representantes de los trabajadores: mínimo 15 días (empresas <50 empleados) o 30 días (empresas ≥50).
  • Documentación económica completa: la empresa debe entregar cuentas anuales de los 3 últimos ejercicios, memoria explicativa de las causas, informe técnico y plan de recolocación (si afecta a más de 50 trabajadores).
  • Comunicación a la autoridad laboral (Dirección General de Trabajo) simultánea al inicio del periodo de consultas.
  • Criterios de selección objetivos: la empresa no puede elegir arbitrariamente a quién despide. Debe aplicar criterios objetivos (antigüedad, categoría, cargas familiares).
  • Negociación de buena fe: el periodo de consultas no puede ser un mero trámite. La empresa debe negociar realmente las condiciones.

Indemnización: el mínimo no es el máximo

El mínimo legal en un ERE es 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Pero esta cifra es solo el punto de partida de la negociación:

EscenarioIndemnizaciónEjemplo (1.800€/mes, 10 años)
ERE ajustado a derecho (mínimo)20 días/año10.800 €
ERE negociado al alza25-33 días/año13.500 € – 17.820 €
ERE declarado improcedente33 días/año17.820 €
ERE declarado nuloReadmisión + todos los salariosReadmisión + hasta 20.000€+ en salarios
★★★★★
«Mi empresa hizo un ERE y me ofrecieron 20 días. Los abogados de Álamo y Asociados impugnaron el ERE y al final la empresa aceptó pagar 33 días en conciliación. La diferencia fueron más de 7.000€. Merece la pena luchar.»
Antonio D.
Google Reviews · Verificada · Hace 3 meses

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Tus derechos en un ERTE

En un ERTE tu contrato no se extingue, pero tienes derechos que la empresa debe respetar escrupulosamente:

  • Cobras prestación por desempleo durante la suspensión, sin necesidad de periodo mínimo de cotización.
  • En ERTE por fuerza mayor, no consumes tu prestación acumulada — se repone al finalizar.
  • La empresa sigue cotizando a la Seguridad Social por ti durante todo el ERTE.
  • Cláusula de salvaguarda del empleo: muchos ERTE incluyen la obligación de mantener el empleo durante los 6 meses siguientes a su finalización. Si te despiden incumpliendo esta cláusula, el despido es improcedente y la empresa debe devolver las exoneraciones de cotización.
  • No puedes ser discriminado por estar en ERTE: si la empresa necesita personal y tú estás en suspensión, tiene que reincorporarte antes de contratar a otros.
  • Mantienes todos tus derechos: vacaciones, antigüedad, permisos.

⚠️ Cuidado con el «ERTE encubierto»: algunas empresas reducen tu jornada o te mandan a casa sin formalizar un ERTE, pagándote solo parte del salario «en negro» o pidiéndote que fiches como si trabajaras. Esto es un fraude que perjudica gravemente al trabajador. Si te ocurre, denuncia inmediatamente.

Cuándo impugnar un ERE o ERTE: 7 motivos

Podemos impugnar tu ERE o ERTE ante el Juzgado de lo Social si se da alguna de estas circunstancias:

  1. La empresa no demuestra las causas con documentación suficiente y veraz.
  2. El periodo de consultas fue un trámite — la empresa impuso condiciones sin negociar realmente.
  3. No se cumplió el procedimiento legal: plazos, comunicaciones, documentación.
  4. Hay fraude de ley: la empresa usa el ERE/ERTE para despedir a trabajadores concretos (representantes sindicales, embarazadas, personas de baja) o para rebajar costes sin causa real.
  5. Se vulneran derechos fundamentales: discriminación en la selección de afectados por razón de sexo, edad, discapacidad u otra condición protegida.
  6. La empresa contrata a otros trabajadores al mismo tiempo que despide o suspende a los afectados.
  7. Las cuentas están manipuladas: la empresa presenta pérdidas artificiales para justificar el expediente.

EREs y ERTEs más frecuentes en Tenerife

En nuestra experiencia con clientes en Tenerife, los sectores más afectados por EREs y ERTEs son:

  • Hostelería y turismo: hoteles, restaurantes, empresas de actividades turísticas. Los ERTE estacionales son habituales, pero muchos se ejecutan con irregularidades.
  • Comercio: cadenas de tiendas, grandes superficies. Los ERE por «causas organizativas» a veces encubren reestructuraciones que no cumplen los requisitos legales.
  • Construcción: empresas que finalizan proyectos y utilizan ERE para despedir a toda la plantilla sin pagar las indemnizaciones correctas.
  • Servicios: call centers, empresas de limpieza, seguridad privada. Subrogaciones y cambios de contrata que se disfrazan de ERE.
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«Trabajaba en un hotel que hizo un ERTE y luego me despidió antes de cumplir la salvaguarda de 6 meses. Álamo y Asociados impugnaron el despido y lo declararon improcedente. La empresa tuvo que pagarme la indemnización completa más los salarios de tramitación.»
Lucía V.
Google Reviews · Verificada · Hace 5 meses

Cómo actuamos en EREs y ERTEs

  1. Análisis inmediato del expediente: revisamos toda la documentación del ERE/ERTE (memoria, cuentas, actas de consultas) para detectar irregularidades.
  2. Asesoramiento durante las consultas: si aún estás en periodo de negociación, podemos asesorar a los representantes de los trabajadores para mejorar las condiciones.
  3. Negociación individual: en muchos casos, conseguimos mejorar las condiciones individuales (indemnización al alza, recolocación, prejubilación).
  4. Impugnación judicial: si el ERE/ERTE tiene irregularidades, demandamos ante el Juzgado de lo Social solicitando la nulidad o la declaración de no ajustado a derecho.

Preguntas frecuentes

No puedes negarte unilateralmente a un ERTE, pero sí puedes impugnarlo judicialmente si consideras que no está justificado, que el procedimiento es irregular o que te afecta de forma discriminatoria. La impugnación debe hacerse en un plazo de 20 días hábiles.

Depende del tipo de ERTE. Si el ERTE incluye cláusula de salvaguarda del empleo (6 meses tras su finalización), despedirte durante ese periodo es irregular: el despido puede declararse improcedente y la empresa debe devolver las exoneraciones de cotización. Sin cláusula, pueden despedirte pero igualmente debes recibir la indemnización que te corresponda.

Sí. El mínimo legal es 20 días por año, pero en el periodo de consultas se puede negociar al alza. En nuestro despacho hemos conseguido acuerdos de hasta 33 días por año en EREs en Tenerife, especialmente cuando la empresa tiene beneficios o las causas alegadas son cuestionables.

En ERTE por fuerza mayor, no consume: los días se reponen al finalizar. En ERTE por causas económicas (ETOP), sí consume pero existe un contador especial que repone parcialmente. En cualquier caso, no necesitas periodo mínimo de cotización para cobrar la prestación durante el ERTE.

Sí, puedes compatibilizar la prestación por desempleo del ERTE con otro empleo. Debes comunicarlo al SEPE. La prestación se suspende mientras dure el nuevo empleo y se reanuda cuando termine. No pierdes el derecho a la prestación ni al ERTE.

Es un indicio muy fuerte de que el ERE no estaba justificado. Puede usarse como prueba para impugnar el despido y conseguir que se declare no ajustado a derecho (33 días de indemnización) o incluso nulo (readmisión + salarios).

Un procedimiento de impugnación individual de despido en ERE tarda entre 3 y 6 meses en primera instancia en los Juzgados de lo Social de Tenerife. Si se impugna el ERE colectivamente, el procedimiento va ante la Sala de lo Social del TSJ de Canarias y puede tardar 4-8 meses.

Puedes firmar como ‘no conforme’. Firmar no significa aceptar. Lo que no debes hacer es firmar un acuerdo de finiquito o un documento de ‘aceptación voluntaria’ sin consultarlo antes con un abogado, porque eso sí puede limitar tus opciones de impugnación.
Contenido revisado por abogados laboralistas colegiados

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