Qué es una enfermedad profesional
Definida en el art. 157 LGSS y listada en el RD 1299/2006, es la contraída como consecuencia del trabajo y tasada en el cuadro oficial (dermatosis, silicosis, asbestosis, túnel carpiano, enfermedades por agentes químicos, biológicos, físicos, etc.). Si tu enfermedad está en ese cuadro y tu exposición laboral encaja, opera una presunción iuris et de iure: es profesional sin necesidad de probar más causa.
Si la enfermedad no figura en el cuadro oficial pero está causada por el trabajo, se puede reconocer como accidente laboral asimilado (art. 156.2.e LGSS). Requiere probar la relación causa-efecto, pero es posible.
Enfermedades más frecuentes que reconocemos en Tenerife
Por sectores, estas son las que más vemos en el despacho:
- Hostelería: dermatitis por detergentes, lesiones musculoesqueléticas, lumbalgias crónicas
- Construcción: silicosis, asbestosis, sordera profesional por ruido, lesiones osteomusculares
- Sanidad: hepatitis B/C, tuberculosis, trastornos mentales por estrés asistencial post-COVID
- Limpieza: dermatitis de contacto, problemas respiratorios por productos químicos
- Oficina: síndrome del túnel carpiano, tenosinovitis, patologías visuales por pantallas
- Jardinería y agricultura: alergias a plaguicidas, lesiones osteomusculares
- Profesores y atención al público: nódulos de cuerdas vocales, disfonías funcionales
Cómo se reclama el cambio de contingencia
Muchas mutuas califican enfermedades profesionales como comunes para ahorrarse costes. El procedimiento para revertirlo es:
1. Solicitud ante el INSS de determinación/cambio de contingencia.
2. Si se deniega o no resuelve en plazo (60 días), demanda ante el Juzgado de lo Social.
3. Aportar informes médicos, historia laboral, muestras de exposición, convenio aplicable.
4. Posible pericial médica en juicio.
En Santa Cruz de Tenerife el Juzgado suele resolver estos casos en 6-10 meses. La diferencia económica es sustancial: base reguladora mayor, cobertura total de asistencia sanitaria y gastos, posible recargo, y acceso más fácil a pensión de incapacidad.