Carta de despido · Faltas graves · Carga de la prueba

Despido disciplinario en Tenerife: cómo impugnar

El despido disciplinario es el más agresivo: la empresa te acusa de incumplimiento grave y culpable del contrato y te echa sin indemnización. El problema es que, en la mayoría de casos que llegan al juzgado, la empresa no logra acreditar la falta — y lo que era disciplinario se convierte en improcedente con 33 días por año.

Llamar ahora · 618 24 13 85Pedir consulta

Las seis causas tasadas del art. 54 ET

El Estatuto de los Trabajadores es cerrado: no cualquier incumplimiento justifica un despido disciplinario, sólo los que encajen exactamente en una de estas seis causas. Si la carta alega algo distinto o lo alega mal, ya tienes ganada la improcedencia.

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo
  • Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros o familiares
  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza
  • Disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal o pactado
  • Embriaguez habitual o toxicomanía que repercutan negativamente en el trabajo

Requisitos formales que la empresa suele incumplir

La carta de despido disciplinario debe cumplir requisitos formales muy estrictos. Cualquier defecto la convierte automáticamente en improcedente, al margen del fondo.

  • Entrega por escrito con firma del representante legal de la empresa
  • Fecha concreta del cese
  • Hechos imputados descritos con detalle (fechas, lugares, conductas)
  • Preaviso o indemnización compensatoria si el convenio lo exige
  • Trámite de audiencia previa para representantes legales y sindicales
  • Expediente contradictorio en casos especiales (afiliados, trabajadores protegidos)

Carga de la prueba: ¿quién tiene que demostrar qué?

Este es el punto que pierde el 70% de los despidos disciplinarios que llegan a juicio: la empresa tiene que probar los hechos imputados en la carta. No vale con "es que llegaba tarde muchas veces": hay que aportar partes de puntualidad firmados, sistemas de control horario, testigos presenciales. La imprecisión beneficia siempre al trabajador. En Álamo & Asociados revisamos cada carta buscando exactamente las debilidades probatorias — y reservamos la argumentación para el juicio.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre carta de despido.

Me han despedido alegando bajo rendimiento. ¿Tiene recorrido impugnarlo?

Muchísimo. La disminución de rendimiento debe ser continuada, voluntaria y comparable a rendimientos anteriores o al de compañeros. La empresa debe acreditar objetivos pactados, mediciones objetivas y advertencia previa. La mayoría de estas alegaciones caen en juicio.

En la carta dicen cosas que no son ciertas. ¿Qué hago?

Impugnar. La empresa tiene que probar lo que afirma. Si las imputaciones son falsas o imprecisas, el juez declara el despido improcedente e incluso nulo si aprecia mala fe. No firmes finiquito: aporta tu versión ante Inspección si procede y prepara la defensa.

¿Pueden despedirme por faltas de hace un año?

No. Las faltas muy graves prescriben a los 60 días desde que la empresa las conoce y a los 6 meses desde que se cometieron. Si la carta alega hechos antiguos, suele haber prescripción, causa automática de improcedencia.

¿Cobraré paro si el despido disciplinario queda en improcedente?

Sí. Una vez conciliado o dictada sentencia, el SEPE reconoce el paro con efectos desde el día siguiente al despido. Si ya lo has cobrado, no hay que devolver nada.

Servicios relacionados
despidos
Despido improcedente en Tenerife
Ver servicio →
despidos
Despidos en Tenerife
Ver servicio →
otros
Sanciones laborales en Tenerife
Ver servicio →
despidos
Despido objetivo en Tenerife
Ver servicio →

Sólo cobramos
si usted cobra.

Los plazos laborales son cortos. Contacta hoy mismo — diagnóstico escrito antes de firmar nada.

Llamar · 618 24 13 85info@alamoyasociados.com