Incapacidad Permanente Absoluta Tenerife | Pensión 100% Exenta IRPF | Álamo y Asociados

Incapacidad permanente absoluta Tenerife pensión 100% INSS

Derecho Laboral · Incapacidad Permanente Absoluta · Tenerife

Incapacidad Permanente Absoluta en Tenerife:
Pensión del 100% — Exenta de IRPF

La incapacidad permanente absoluta inhabilita para toda profesión u oficio y genera la pensión más alta del sistema de incapacidades: el 100% de la base reguladora, completamente exenta de tributación. Muchos trabajadores que deberían tener IPA reciben IPT porque el INSS aplica criterios restrictivos. Analizamos si tu situación merece el grado superior.

⚠️ Si el INSS reconoció IPT cuando tu situación es de IPA, tienes derecho a reclamar el grado superior. La diferencia económica es enorme.

100%De la base reguladora
0%Tributación IRPF — exenta
85%Éxito en recursos contra el INSS
0€Coste inicial

¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?

La incapacidad permanente absoluta (IPA) es la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. A diferencia de la incapacidad permanente total —que solo inhabilita para la profesión habitual— la absoluta supone que el trabajador no puede ejercer ningún tipo de actividad laboral de forma regular y sostenida.

Es el segundo grado más elevado del sistema de incapacidad permanente, por encima de la IPT y por debajo de la gran invalidez (que además requiere asistencia de terceras personas). Su reconocimiento genera la pensión más alta sin necesidad de asistencia de terceros: el 100% de la base reguladora, exenta de IRPF.

Artículo 194 LGSS

Definición legal de la incapacidad permanente absoluta

«Es incapacidad permanente absoluta la que inhabilite por completo al trabajador para toda profesión u oficio.» La clave está en ese «toda profesión u oficio» — no solo la habitual, sino cualquier actividad laboral. El INSS interpreta este concepto de forma restrictiva buscando siempre alguna «capacidad residual» que le permita denegar o degradar el grado. Nuestra labor es demostrar que esa capacidad residual no existe o es insuficiente para un trabajo real.

IPA vs IPT: diferencias que se miden en cientos de euros al mes

AspectoIPT (Total)IPA (Absoluta)
Inhabilita paraTu profesión habitual únicamenteToda profesión u oficio
Pensión mensual55% base reguladora (o 75%)100% base reguladora
Tributación IRPFTributa como rendimiento del trabajoExenta de IRPF — no tributa
¿Puede trabajar?Sí, en otra profesión diferenteNo (salvo actividades muy marginales)
Diferencia económica neta (base 1.500 €)~825 €/mes netos (55%)~1.500 €/mes netos (100%, sin IRPF)
Diferencia acumulada en 10 años~81.000 € más
💡
La exención de IRPF: un beneficio que muchos no calculan bien

La pensión de IPA está completamente exenta de tributación. Para un trabajador con base reguladora de 1.800 €, la pensión de IPA sería 1.800 €/mes sin retención de IRPF. La pensión de IPT al 55% sería 990 €/mes con retención. La diferencia neta mensual supera los 800 €. En 15 años: más de 144.000 € de diferencia acumulada. Vale absolutamente la pena discutir el grado correcto.

La pensión del 100%: cómo se calcula la base reguladora

La base reguladora de la pensión de IPA se calcula de forma diferente según si el origen es laboral (accidente de trabajo o enfermedad profesional) o no laboral (enfermedad común):

Origen de la IPACálculo de la base reguladoraPeríodo de cotización exigido
Accidente de trabajo o enfermedad profesionalSalario real del año anterior al accidente dividido entre 365No se exige período mínimo
Enfermedad común (menor de 31 años)Media de las bases de cotización de los últimos 24 mesesUn tercio del tiempo entre los 16 años y el hecho causante
Enfermedad común (31 años o más)Media de las bases de los últimos 8 añosLa cuarta parte del tiempo transcurrido entre los 20 años y el hecho causante, con mínimo de 5 años

Enfermedades y situaciones que dan lugar a IPA

No existe un listado cerrado de enfermedades que den derecho a IPA — lo que se valora es el impacto funcional real en la capacidad laboral. Sin embargo, estas son las patologías que con más frecuencia llevan a la declaración de IPA en los juzgados de lo social de Tenerife:

  • Enfermedades cardíacas graves: insuficiencia cardíaca severa, cardiopatías isquémicas con FE muy reducida, arritmias malignas no controladas
  • Enfermedades respiratorias crónicas graves: EPOC en grado IV, fibrosis pulmonar avanzada, insuficiencia respiratoria crónica con oxigenoterapia
  • Enfermedades neurológicas degenerativas: esclerosis múltiple avanzada, ELA, enfermedad de Parkinson en fase grave, secuelas graves de ictus
  • Enfermedades oncológicas con secuelas permanentes graves: determinados cánceres con secuelas que impiden cualquier actividad laboral
  • Secuelas graves de accidente: tetraplejia o paraplejia grave, amputaciones múltiples, traumatismos craneoencefálicos severos
  • Enfermedades psiquiátricas crónicas graves: esquizofrenia refractaria, trastorno bipolar grave de difícil control, depresión mayor crónica incapacitante
  • Enfermedades reumáticas sistémicas avanzadas: artritis reumatoide grave, lupus eritematoso sistémico con afectación severa

Cuándo reclamar el ascenso de IPT a IPA

Si ya tienes reconocida la IPT pero tu situación médica se ha agravado o si desde el principio el INSS debería haberle reconocido IPA, puedes reclamar el grado superior. Las dos vías son:

  • Revisión por agravación: si tu estado ha empeorado desde que se reconoció la IPT, puedes solicitar revisión del grado ante el INSS. No hay plazo mínimo entre revisiones si hay agravación acreditada.
  • Recurso contra la resolución original: si desde el principio la resolución que reconoció la IPT en lugar de la IPA fue incorrecta, puedes recurrir alegando que el grado reconocido no se corresponde con la situación médica real.

El proceso para reclamar o recurrir la IPA

01

Análisis del expediente médico completo

Revisamos toda la documentación médica disponible: diagnósticos, tratamientos, pruebas funcionales, informes de especialistas. Determinamos si la situación real corresponde a IPA y qué documentación adicional necesitamos antes de iniciar el proceso.

02

Pericial médica especializada en IPA

La pericial para IPA debe acreditar no solo las patologías sino que impiden realizar cualquier tipo de actividad laboral. El INSS siempre buscará alguna capacidad residual — nuestra pericial debe anticipar ese argumento y rebatirlo con precisión técnica.

03

Solicitud / Reclamación previa / Demanda

Según la situación: si nunca se ha solicitado la IP, iniciamos el expediente. Si el INSS reconoció IPT en lugar de IPA, presentamos reclamación previa y luego demanda. Si hubo agravación posterior, solicitamos revisión del grado.

04

Juicio y sentencia con efectos retroactivos

Si el juzgado reconoce la IPA, la pensión tiene efectos retroactivos desde la solicitud. La diferencia entre el 55% que estabas cobrando y el 100% que te corresponde se abona como atraso — una cantidad muy significativa según el tiempo transcurrido.

La frontera entre IPT e IPA es donde el INSS más frecuentemente se equivoca. Hemos conseguido el reconocimiento de IPA en numerosos casos donde el INSS había reconocido IPT, demostrando que la capacidad residual que alegaba el EVI no era suficiente para ningún puesto de trabajo real en el mercado laboral actual. La diferencia económica para esos trabajadores ha sido de cientos de euros al mes de por vida.

Álamo y Asociados · Abogados Laboralistas en Tenerife · 25 años

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Si el INSS te reconoció IPT y crees que tu situación real es de IPA, o si tu estado ha empeorado, llámanos. Estudiamos el caso y te explicamos si hay base para reclamar el grado superior.

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Preguntas frecuentes sobre la incapacidad permanente absoluta

¿Puedo hacer algo de trabajo si tengo IPA reconocida?
La IPA inhabilita para toda profesión u oficio de forma regular y sostenida. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha reconocido la compatibilidad con actividades marginales, esporádicas o de escasa cuantía que no supongan ejercicio de una actividad laboral plena. En la práctica, esta zona gris es compleja — consúltanos antes de realizar cualquier actividad remunerada con una IPA reconocida.
¿La pensión de IPA se puede cobrar junto con la de jubilación?
Cuando el beneficiario de IPA llega a la edad de jubilación, la pensión puede transformarse en pensión de jubilación si esta resulta más beneficiosa económicamente. El INSS realiza la comparación de forma automática. No hay renuncia a ninguna de las dos — simplemente se aplica la más favorable.
¿La IPA es revisable por el INSS?
Sí, aunque en la práctica las revisiones de mejora en IPA son poco frecuentes dado que las patologías que la generan suelen ser crónicas y degenerativas. Si el INSS notifica una revisión del grado de IPA, es fundamental contar con asesoramiento inmediato para preparar la documentación médica actualizada que acredite que la situación no ha mejorado.
¿La IPA es compatible con una herencia o una inversión?
Sí. La pensión de IPA es compatible con rendimientos del capital (intereses, dividendos, alquileres de propiedades) y con la percepción de herencias. Lo que no es compatible —salvo actividades muy marginales— es el trabajo por cuenta ajena o propia de forma regular.
¿Hay diferencia entre solicitar IPA directamente o pedir IPT y luego recurrir a IPA?
Estratégicamente, siempre es mejor solicitar desde el principio el grado que realmente corresponde, con la documentación médica que lo justifique. Solicitar IPT esperando «al menos conseguir eso» puede complicar después la reclamación de IPA, ya que la resolución favorable de IPT crea una situación consolidada que hay que desmontar. Analizamos la estrategia óptima en cada caso concreto.

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